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Elecciones: ¿Debo ir a votar si viajo o tengo una intervención médica?

Viaje al exterior o reposo médico certificado son causales de justificación que exoneran la multa y permiten obtener el certificado de votación.

En Ecuador, el voto es obligatorio para las personas de 18 a 65 años; es facultativo (no obligatorio) para jóvenes de 16–17mayores de 65personas con discapacidadmiembros en servicio activo de FF.AA. y Policía, y ecuatorianos residentes en el exterior. Si una persona obligada a sufragar no acude a las urnas y no justifica su ausencia, el CNE aplica una multa equivalente al 10% del salario básico unificado.

Viaje: ¿me pueden exonerar?

Sí, solo si estás fuera del país el día de la elección o ingresas/llegas al Ecuador ese mismo día. Para justificarlo debes presentar en la Delegación Provincial Electoral tu pasaporte (página con foto y sellos de salida/ingreso) o, si viajaste sin pasaporte por frontera, un certificado migratorio. Con esta causal, el CNE exonera la multa y te emite certificado de votación.

Importante: viajar dentro del país no es causal de exoneración por sí sola; si no votas y no calificas en otra causal, se genera la multa.

Salud o intervención médica: ¿puedo justificar?

Sí. Quienes no puedan votar por motivo de salud o impedimento físico pueden justificar con certificado de un médico del Sistema Nacional de Salud público o privado (en el caso de certificados privados, deben validarse en un centro del sistema público). Esta causal cubre enfermedades, reposos e intervenciones que impidan trasladarse y sufragar. La justificación exonera la multa y habilita la emisión del certificado de votación.

Otras causales aceptadas

  • Mandato legal (personas privadas de libertad o bajo disposición judicial).
  • Calamidad doméstica grave ocurrida el día de la elección o hasta 8 días antes (debe sustentarse).
  • Quienes cumplen actividades propias del evento electoral el día de la votación.

¿Cómo y dónde se hace el trámite?

  1. Acércate a la Delegación Provincial Electoral (ventanilla única/Secretaría General).
  2. Lleva cédula y documentos de sustento (pasaporte o certificado migratorio para viaje al exterior; certificado médico para salud; documentos para calamidad, etc.).
  3. Llena el formulario de justificación (disponible en el sitio del CNE).
  4. El trámite no tiene costo y el CNE responde en aprox. 48 horas. Resultado: exoneración de multa y certificado de votación.

¿Qué pasa si no justifico?

El CNE aplica la multa del 10% del SBU por no votar (y del 15% del SBU si, además, incumples como miembro de mesa). Esas sanciones quedan registradas hasta que pagues o justifiques.

Fuente: El Tele’grafo

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