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Impedir que Alexandra Villacís asuma la Judicatura conlleva riesgos

El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social impulsa un proceso para poner a otro vocal en la presidencia del Consejo de la Judicatura. Eso se hace pese a que hay una sentencia a favor de Alexandra Villacís.

La sentencia que dictó la jueza de Quito, Viviana Pila, a favor de la vocal suplente del Consejo de la Judicatura (CJ), Alexandra Villacís fue expedida el 23 de marzo de 2026, pero sigue sin cumplirse.

En su dictamen, la jueza dispuso al Ministerio de Trabajo rectificar el registro de impedimento laboral que consta en el sistema informático en contra de Villacís por una supuesta deuda con el Servicio de Rentas Internas (SRI) y ofrecer disculpas públicas.

¿Cuáles son los riesgos que le conlleva al Ministerio de Trabajo no ejecutar la sentencia para que Villacís asuma la presidencia del CJ y qué otras acciones legales podría interponer?

Los abogados constitucionalistas Luis Ávila y Ximena Ron recordaron que los fallos judiciales son de cumplimiento inmediato y el Ministerio de Trabajo lo debe acatar considerando que el SRI estableció que Villacís no tiene ninguna deuda. “No hay razón para que el impedimento se mantenga”, afirmó Ximena Ron.

Luis Ávila sugirió que, si el incumplimiento se mantiene, el abogado de Villacís podría comunicar a la jueza sobre la falta de ejecución de lo ordenado y pedir que tome medidas para garantizar el cumplimiento de su decisión.

A partir de entonces, la jueza podría tomar estas acciones para que se ejecute su sentencia, señaló Ávila:

  • Pedir información al Ministerio de Trabajo de por qué no ha cumplido la sentencia, y de recibir una justificación, darle un tiempo adicional para que cumpla la disposición bajo prevención de ley.
  • Si el Ministerio no responde y no ejecuta la sentencia, la jueza podría interponer una medida coercitiva, con una multa por cada día de inejecución o el porcentaje de un salario mínimo. En este caso, el funcionario perjudicado sería el Ministro del trabajo, Harold Burbano, dijo Ávila.
  • ¿La jueza puede disponer la destitución del Ministro de Trabajo? Según Luis Ávila, los jueces de instancia no pueden disponer una destitución. Recordó que una sentencia de la Corte Constitucional (CC) de 2011 establece que la única autoridad que podría decidir una destitución por presunto desacato es la CC.

    Para que opere este escenario, Luis Ávila y Ximena Ron coincidieron que la defensa de Villacís podría plantear una acción de incumplimiento para que los jueces de la CC puedan valorar si la autoridad puede o no ser destituida por no acatar el mandato de un juez.

    Alexandra Villacís podría presentar una acción de protección en contra de la Judicatura

    Según Ávila, en el momento en que el Ministerio de Trabajo corrija la inhabilidad, la defensa de Villacís podría presentar un pedido al CJ para que se le restituya en el cargo.

  • Villacis también puede presentar una acción constitucional en contra del CJ, para que se deje sin efecto la resolución con la que se le excluyó como vocal suplente por la inhabilidad registrada en el Ministerio de Trabajo, y la disposición con la que se designó a Damián Larco, como presidente encargado desde el 18 de febrero.

    También para que se retire el pedido para que el Cpccs active el proceso para designar al vocal principal y suplente.

    Luis Ávila aclara que el Cpccs y la Judicatura no son parte procesal

    El pleno del Cpccs, como ya lo hizo en la sesión del 25 de marzo de 2026, se declaró, a través de su presidente, Andrés Fantoni, como “parte no procesal del recurso de hábeas data” y resolvió continuar con el proceso para designar a dos vocales del CJ.

  • Ávila cree que mientras transcurren estos plazos, el Cpccs ya nombrará a los nuevos vocales “y que la asunción a la presidencia de la Judicatura de Villacís quedaría en el limbo”, expresó. Así, la situación jurídica quedaría consolidada.

    Sostuvo que, en un Estado de derecho, el pleno del CJ, aunque no es parte procesal, debería dejar sin efecto el nombramiento de Larco. (SC)

  • Fuente: La Hora
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