Abogados del Ecuador atacarán tres leyes de Noboa, ¿por qué presentarán las demandas?

El gremio de abogados del Ecuador se suma al descontento frente a algunos artículos de tres leyes en vigencia, de iniciativa de la Presidencia de la República. Hay confianza en que la Corte Constitucional declare la inconstitucionalidad frente a las demandas.
A la Corte Constitucional (CC) han recurrido varios sectores, desde el 13 de junio de 2025, para presentar demandas de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Solidaridad Nacional, Ley de Inteligencia y Ley de Integridad Pública, indistintamente. La CC garantiza la supremacía de la Constitución por sobre otras normativas de menor rango y ejerce el control constitucional de las leyes.
Pero el gremio de los abogados toma una estrategia diferente, atacarán a las tres leyes, a su tiempo, con la demanda respectiva.
Las tres leyes tienen un “nexo causal”
La Federación Nacional de Abogados del Ecuador (Fenade) alberga a los Colegios de Abogados de las 23 provincias del país. Solo el Colegio de Abogados de Pichincha incluye a cerca de 19.000 juristas y a escala nacional son alrededor de 100.000 profesionales del Derecho.
“Damos nuestro criterio desde la parte jurídica, más no por gustos o disgustos con una tendencia política. De hecho, no somos opositores sino críticos de la situación que está pasando en el país”, aclara Paúl Ocaña Merino, presidente de la Fenade.
Explica que el gremio sí realizó aportes en la Asamblea Nacional durante el tratamiento de las leyes en cuestión, pero “no fueron tomados en cuenta”. La intención de los abogados fue aguardar por la Ley Integridad Pública para actuar. “Existe un nexo causal entre las tres leyes, estábamos esperando la promulgación de la tercera ley y con eso ya tener claro cuál es el panorama o el trasfondo de lo que tiene cada una de estas leyes”, apunta Ocaña.
“Vamos a presentar (el 9 de julio, a las 10:00) la primera demanda de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Solidaridad Nacional y esperamos en los siguientes 15 días presentar las otras dos demandas contra las otras dos leyes”, afirma.
¿En qué consiste ese nexo causal? Ocaña dice que no hay unidad de materia en cada ley sino que las tres leyes tienen un mismo objeto, un mismo trasfondo, todas hablan de reformas en temas tributarios, penales, seguridad pública y sobre el sistema judicial. “Ahora sí, con conocimiento de causa total y, sobre todo, con un estudio y análisis de cada ley, cada demanda que estamos planteando debe atacar los artículos que consideramos inconstitucionales”, añade.
El respaldo anticipado a la Corte Constitucional
Ocaña considera que la CC es la entidad que mejor institucionalidad ha tenido en el sector público. También estima que hay transparencia entre los nueve jueces del organismo.
“Por eso es nuestro respaldo porque tenemos la plena certeza y confianza de que la CC, a través de sus jueces, actuará en derecho. Sea cual sea la resolución, que aún es incierta, nosotros seremos muy respetuosos de la decisión que tome la CC, porque sus sentencias han demostrado que no tienen una parcialidad política o económica, sino que siempre han resuelto con base a derecho”, justificó Ocaña.
El movimiento político Unidad Popular (UP) presentó una demanda de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Solidaridad y otra en contra de la Ley de Integridad Pública. La primera ya fue admitida a trámite en la CC el 4 de julio. “Tienen 15 días el Ejecutivo y la Asamblea (fueron notificados el 7 de julio) para responder a las demandas”, dice Geovanni Atarihuana, director nacional de UP.
El 2 de julio Niels Olsen, presidente de la Asamblea, indicó que su institución tiene un equipo de abogados que defenderán las leyes. El 7 de julio, Carolina Jaramillo, vocera del Gobierno, dijo que se responderá “con los argumentos que corresponden”.
Atarihuana también espera que la CC responda satisfactoriamente a las demandas presentadas y destaca la acción de otros sectores.
“Confiamos en que hay varios jueces en la CC que deberían actuar en derecho. Hay argumentos suficientes. A buena hora que sectores de la academia, sectores vinculados con el Derecho, constitucionalistas, pero también médicos, profesores universitarios, trabajadores están planteando estas dificultades. Al apuro y con prepotencia el Gobierno quiere imponer la ley de la selva y eso para el Ecuador no es bueno”, expresa el dirigente.
De lo contrario, si la CC no cumple la expectativa de los accionantes, la reacción será en las calles. “Hay otro derecho constitucional que es el derecho a la resistencia. Ningún régimen autoritario al final del día puede sostenerse. El pueblo ecuatoriano es un pueblo que ama la democracia, que va a defender, si es necesario, en las calles sus derechos y libertades. Siempre habrá la posibilidad de demandas internacionales”, advierte Atarihuana. UP se sumará como amicus curiae (tercero interesado) en la demanda contra la Ley de Inteligencia.
Demanda de inconstitucionalidad por artículos
El objetivo de la Fenade es que la CC emita una declaración de inconstitucionalidad de los artículos observados por el gremio para que no se puedan aplicar. No demandarán todo el contenido de las leyes.
“Existen artículos con los que estamos de acuerdo, la idea es el combate a la delincuencia organizada, las estructuras criminales y eso no quiere decir que todos los artículos sean inconstitucionales. Hablar de eso sería generalizar sobre una ley y no es ese nuestro afán”, recalca.
Señala que en la Ley de Solidaridad se agregaron algunos textos al Código Orgánico Integral Penal (COIP), como el artículo 534.1. Este establece a la prisión preventiva como medida cautelar útil y eficaz para asegurar la comparecencia del procesado y el cumplimiento de la pena, cuando se trate de delitos cometidos en el marco del conflicto armado interno.
Pero el artículo 534 del COIP ya determina los requisitos para dictar la prisión preventiva y señala casos excepcionales, menciona Ocaña. Interpreta que con el 534.1 la prisión preventiva pasa a ser la generalidad. “Lo que importa allí es que el fiscal fundamente en debida forma, tomando en cuenta los parámetros y estándares que determina la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que tienen relación con la racionalidad, proporcionalidad y necesidad. Y en efecto, si es que estuviera así, sumado a los elementos de cargo que debe presentar, el juez debería motivar la prisión preventiva. Pero si hablamos de una generalidad ya estamos quebrantando totalmente el principio de inocencia”, argumenta.
Ocaña también cuestiona al indulto anticipado que se agregó como numeral 8 del artículo 72 del COIP, en relación a las formas de extinción de una pena. En la Ley de Integridad Pública la Asamblea Nacional volvió a reformar ese numeral y lo estableció como “indulto presidencial con efecto diferido en el marco del conflicto armado interno”.
“El indulto anticipado de una otra manera podría llegar a desencadenar que los policías y militares piensen que tienen la patente de corso para hacer o deshacer, irrespetando los derechos constitucionales. Eso es parte de los artículos que vamos a atacar”, anticipó Ocaña.
La Fenade aún analiza los artículos de las otras dos leyes para argumentar las demandas, pero Ocaña adelantó que tienen vicios de fondo y de forma. Por ejemplo, en la Ley de Integridad Pública hay sanciones que pueden coartar el principio de inocencia, la libertad de trabajo de jueces, fiscales, defensores o abogados en libre ejercicio profesional, agrega. (KSQ)
Fuente: La Hora