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Se reduce a la mitad los intereses que el SRI paga por devolución de impuestos a los contribuyentes

En la Ley de Integridad Pública se introdujo una disposición en la que se reduce a la mitad los intereses que el SRI paga por devoluciones de impuestos indebidos o cobrados en exceso. La medida impacta directamente a los contribuyentes que reclamen esos valores

La Ley de Integridad Pública, que se publicó en el Registro Oficial el pasado 24 de junio de 2025 y ya está en vigencia, trae consigo un cambio silencioso pero significativo para los contribuyentes: el Servicio de Rentas Internas (SRI) pagará menos dinero a quienes tengan derecho a la devolución de impuestos.

Más allá de ofrecer un nuevo perdón tributario —que incluye el 100% de intereses, multas y recargos por deudas acumuladas hasta el 31 de diciembre de 2024— la normativa también ajusta los beneficios económicos a favor del contribuyente.

Uno de los cambios más relevantes está en la Disposición Reformatoria Décima Quinta, que modifica el artículo 22 del Código Tributario. ¿Qué significa esto en términos simples? Que a partir de ahora, si el Estado se demora en devolverle un pago en exceso o un cobro indebido al contribuyente, los intereses que se le pagarán serán menores.

Antes, cuando una persona natural o empresa pagaba impuestos de más o el SRI le cobraba de forma errónea, el Estado debía devolver ese dinero y pagarle un interés. Ese interés se calculaba en función de una tasa referencial que publica el Banco Central del Ecuador (BCE).

Ahora, con la nueva ley, el interés que se pagará será del 50% de la tasa activa referencial a 90 días del BCE. Es decir, si antes se reconocía un 8% de interés, ahora se reconocerá solo el 4%.

¿Desde cuándo y hasta cuándo se calcula el interés que debe pagar el SRI?

La nueva norma también reduce el periodo durante el cual se calcula ese interés a favor del contribuyente. Solo contará el tiempo que transcurre desde que el contribuyente presenta la solicitud de devolución hasta que el SRI emite la notificación oficial de aceptación o rechazo.

Además, si durante el proceso el SRI decide suspender el trámite para realizar una revisión adicional (lo que se conoce como “acto de determinación complementaria”), ese tiempo de suspensión ya no se tomará en cuenta para calcular intereses. En otras palabras, mientras más se demore el SRI por este motivo, menos pagará.

Este cambio, de acuerdo con Carlos Rosero, abogado tributario, puede pasar desapercibido para quienes no están familiarizados con el sistema tributario, pero afecta directamente a quienes reclamen devoluciones por pagos indebidos o excesivos. Esto incluye desde pequeños contribuyentes hasta empresas medianas y grandes.

“El Estado se hará cargo de menos intereses a favor del contribuyente, incluso cuando haya cometido errores en el cobro de impuestos. Es decir, se reducen beneficios a quienes tienen derecho a recuperar dinero del Estado”, acotó, (JS)

Fuente: La Hora

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