El artículo 1 del decreto establece que el MAG tendrá competencia para comprar, vender y/o almacenar maíz y arroz con el fin de impulsar el comercio justo y proteger a los productores directos.
La intervención no será permanente ni discrecional: deberá desarrollarse de manera planificada, considerando los ciclos productivos y las condiciones del mercado, para evitar distorsiones y proteger tanto a agricultores como a consumidores.
Con ello, el Gobierno busca tener capacidad de reacción ante emergencias agroalimentarias y crisis de abastecimiento.
Como ya publicó LA HORA, el presidente Noboa anunció una primera compra de 20.000 toneladas de arroz con cáscara, directo a los productores, sin las piladoras e intermediarias.
Además, advirtió a las piladoras sobre controles estatales más fuertes a través del Ministerio de Agricultura, el Servicio de Rentas Internas (SRI) y la Superintendencia de Compañías.
Precio justo al productor y ventas con criterio técnico
Uno de los puntos más relevantes es que la compra de arroz y maíz deberá realizarse a un “precio justo al productor”, coordinando acciones para impedir contrabando, especulación, acaparamiento o adulteración en cualquier fase de comercialización.
El decreto también abre la puerta a que el Estado pueda vender el producto a precios competitivos e incluso por debajo del precio de adquisición, siempre que la decisión esté respaldada por estudios técnicos de costos y responda a criterios de eficiencia, racionalidad económica, interés público y soberanía alimentaria.
Esto implica que el Ejecutivo prioriza la estabilidad del mercado y el abastecimiento interno por encima de una lógica estrictamente comercial.
¿De dónde saldrá el dinero para que el Estado ecuatoriano intervenga en el mercado de arroz y maíz?
El Ministerio de Economía deberá asignar el presupuesto necesario al MAG, conforme a la planificación anual de compras y la disponibilidad de recursos.
Antes de la firma del decreto, la cartera económica emitió dictamen favorable, en cumplimiento del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, debido al impacto que la medida tendrá sobre recursos públicos.
Donaciones de arroz y maíz a grupos vulnerable a través del Estado ecuatoriano
El decreto también faculta al Ministerio de Agricultura a donar arroz y maíz a entidades públicas o privadas sin fines de lucro que ejecuten programas de atención a grupos prioritarios, inclusión social, educación, salud y asistencia humanitaria.
Estas donaciones podrán realizarse también en casos de emergencias, conmoción interna, desastres naturales o crisis alimentaria, siempre con informes técnicos y registros administrativos que garanticen la protección del patrimonio público.
Ministerio de Agricultura debe reorganizarse para cumplir con la intervención estatal en los mercados de arroz y maíz en Ecuador
Para ejecutar el decreto, el MAG deberá adecuar su estructura orgánica, modelo de gestión y matriz de competencias, en coordinación con los ministerios de Trabajo y de Economía y Finanzas.
Asimismo, deberá implementar mecanismos de control, trazabilidad y responsabilidad para asegurar transparencia en la gestión de compras, almacenamiento y ventas.
El Decreto Ejecutivo 307 deroga el Decreto Ejecutivo 596, del 11 de abril de 2025, y entra en vigencia desde su suscripción, realizada en Guayaquil el 13 de febrero de 2026, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. (JS)
Fuente: La Hora