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Guía completa de impuestos para adultos mayores en Ecuador 2026

Adultos mayores en Ecuador cuentan con exoneraciones, rebajas y devoluciones tributarias en 2026. Esta guía explica, de forma clara y práctica, qué impuestos deben pagar, cuáles no, cuándo y cómo realizar cada trámite.

En Ecuador se considera persona adulta mayor a quien ha cumplido 65 años de edad. Esta condición, reconocida en la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores y en la normativa tributaria, otorga beneficios específicos en impuestos nacionales y municipales, siempre que se cumplan determinados límites de ingresos y patrimonio.

1. Impuesto a la Renta: ¿Qué deben pagar los adultos mayores?

El Impuesto a la Renta (IR) grava los ingresos que una persona recibe durante el año, como sueldos, pensiones, honorarios profesionales, actividades económicas o rentas de capital.

Para los adultos mayores, la ley no elimina la obligación de declarar, pero sí concede un beneficio clave:
una parte de sus ingresos anuales está gravada con tarifa 0%, es decir, no paga impuesto.

¿Cómo funciona este beneficio? De forma sencilla: Cada año el SRI establece un monto mínimo de ingresos anuales que no paga Impuesto a la Renta (fracción básica).

Si los ingresos del adulto mayor no superan ese monto, no paga Impuesto a la Renta.

Si los ingresos superan ese límite, el impuesto se calcula solo sobre el excedente, no sobre el total.

Un adulto mayor de 68 años recibe una pensión del IESS de $550 mensuales y además percibe $600 al mes por el arriendo de un departamento. En el año, sus ingresos totales son: $6.600 por pensión ($550 × 12) y $7.200 por arriendo ($600 × 12), lo que da $13.800 anuales. Ambos valores sí se suman para el cálculo del Impuesto a la Renta, ya que constituyen ingresos gravados.

Para calcular si paga impuesto, el SRI permite restar una fracción básica exenta, que para adultos mayores equivale a una parte de sus ingresos que tributa con tarifa 0%. Si esa fracción exenta es, por ejemplo, de $12.208 para 2026, primero se descuenta ese monto del total de ingresos. En este caso: $13.800 – $12.208 = $1.592 como base imponible.

Ese valor de $1.592 es el monto sobre el cual se aplica la tabla progresiva del Impuesto a la Renta. Al ser un excedente bajo, el impuesto a pagar sería mínimo o incluso cero, dependiendo de la tabla vigente. Por eso, aunque la pensión del IESS sí cuenta como ingreso, en muchos casos los adultos mayores no terminan pagando Impuesto a la Renta, pero sí deben declarar para que el SRI haga el cálculo correcto.

Si durante el año se realizaron retenciones en exceso, el adulto mayor puede solicitar la devolución al SRI.

El Impuesto a la Renta correspondiente a 2026 se declara entre marzo y abril de 2027, según el noveno dígito de la cédula. Entre marzo y abril de 2025 se debe declarar y pagar el impuesto a la renta de 2025

El trámite se realiza en SRI en Línea. Aunque no exista impuesto a pagar, presentar la declaración es recomendable para dejar constancia y habilitar devoluciones.

2. Impuesto predial: exoneración para adultos mayores

El impuesto predial es un tributo municipal que grava la propiedad de inmuebles urbanos y rurales. En el caso de los adultos mayores, la ley reconoce un derecho a exoneración, pero su aplicación no es automática y depende de ciertos requisitos y trámites.

¿Existe exoneración del impuesto predial?

Sí. Las personas de 65 años o más pueden acceder a la exoneración total del impuesto predial, siempre que cumplan tres condiciones legales:

  • Tener 65 años o más.
  • Tener ingresos mensuales que no superen cinco salarios básicos unificados (SBU) o $2.410 con el SBU de 2026
  • Tener un patrimonio máximo de 500 SBU, calculado como la diferencia entre activos y pasivos. Es decir, un patrimonio de máximo de $241.000 con el SBU de 2026

Si el adulto mayor excede esos límites, no pierde el beneficio, pero la exoneración se aplica de forma proporcional, pagando solo una parte del impuesto.

La exoneración aplica únicamente al impuesto predial. No cubre tasas municipales por mejoras, obras, contribuciones especiales o servicios.

¿La exoneración es automática?

No. En la mayoría de municipios, incluido Quito, el beneficio debe tramitarse al menos una vez. En el caso de Quito, la Directora Metropolitana Tributaria, Diana Arias, explica que el trámite es obligatorio porque la ley exige verificar ingresos y patrimonio.

“Todas las personas adultas mayores tienen derecho a la exoneración del impuesto predial. Está establecido en ley. Sin embargo, no es automático porque debemos verificar ingresos y patrimonio”, explicó.

Una vez aprobado el trámite, la exoneración se aplica de oficio en los años siguientes, sin necesidad de repetirlo.

¿Cómo se tramita la exoneración del pago del impuesto predial? Depende del municipio. En general, existen dos vías:

1.- Trámite en línea (recomendado). En ciudades como Quito, el trámite puede realizarse en línea a través del portal municipal o la app oficial.

El adulto mayor (o un familiar) debe ingresar datos estimados de ingresos y patrimonio. No se solicitan estados de cuenta ni documentos financieros.

2.- Trámite presencial. También puede realizarse en los balcones de servicios municipales, donde se da atención prioritaria a adultos mayores y se los puede ayudar a completar el trámite digital.

El trámite se realiza una sola vez. Una vez aprobado, la exoneración se mantiene automáticamente cada año, mientras se cumplan los requisitos.

¿Qué pasa si el predio tiene varios propietarios? Cada propietario recibe una orden de cobro independiente, según su porcentaje de propiedad. Esto significa que cada adulto mayor debe tramitar su propia exoneración.

Una persona puede pagar por varios familiares, pero no se unifican los predios en una sola factura.

¿Se puede pedir devolución si ya pagó el impuesto predial? Sí. Si el adulto mayor ya tenía 65 años y pagó el impuesto predial en años anteriores, puede solicitar la devolución. El Código Tributario permite pedir devoluciones hasta por los últimos tres años. Mientras antes se haga el trámite, mejor.

3. Devolución del IVA para adultos mayores

Los adultos mayores pueden recuperar el IVA pagado en bienes y servicios de consumo personal, siempre que las facturas estén emitidas a su nombre.

¿Cuánto se puede acceder a la devolución del IVA en 2026? El monto máximo mensual equivale al IVA del 15% aplicado hasta dos SBU. Con un SBU referencial de $482, el tope mensual es $144,60. No es un monto fijo: se devuelve el IVA efectivamente pagado, hasta ese límite.

¿Qué compras aplican?

  • Alimentos
  • Medicinas
  • Vestimenta
  • Servicios básicos y otros consumos personales
  • No aplica a consumos financieros ni compras a nombre de terceros.
  • ¿Cómo se solicita la devolución del IVA en 2026?
    • Devolución automática: previa inscripción en el sistema del SRI.
    • Solicitud manual: mensual o acumulada (hasta 5 años) en SRI en Línea.
    • El SRI tiene hasta 60 días hábiles para responder solicitudes completas.

    4. Impuesto a la propiedad de vehículos

    El impuesto a la propiedad de vehículos motorizados es un tributo anual que se calcula en función del avalúo del vehículo, determinado por el Servicio de Rentas Internas (SRI).

    Los adultos mayores de 65 años tienen derecho a una rebaja legal en este impuesto, reconocida en la normativa tributaria nacional.

    ¿En qué consiste el beneficio? No se trata de una exoneración total. La ley establece una rebaja sobre la base imponible, es decir, se reduce el valor sobre el cual se calcula el impuesto, lo que genera un pago final menor.

    En términos simples:

    • El vehículo mantiene su avalúo.
    • Pero el impuesto se calcula sobre un monto reducido, gracias al beneficio por tercera edad.

    En la práctica, la rebaja por tercera edad no reduce un porcentaje fijo del impuesto, sino que disminuye la base sobre la que se calcula. Por ejemplo, si un adulto mayor es dueño de un vehículo con avalúo alto, el SRI aplica una rebaja especial equivalente al 70 % de una fracción básica del Impuesto a la Renta para reducir esa base. Con ese valor menor, se calcula luego el impuesto vehicular, lo que puede traducirse en un pago final sustancialmente más bajo, incluso menor a la mitad de lo que pagaría una persona sin el beneficio, especialmente en autos de mayor valor.

    Por eso, el beneficio es más visible en autos con avalúos medios o altos, aunque aplica a todos los casos.

    ¿Cómo se aplica la rebaja en el impuesto a la propiedad de vehículos motorizados? En la mayoría de casos, el beneficio se aplica automáticamente cuando el vehículo está registrado a nombre del adulto mayor y su información está actualizada en el sistema del SRI.

    Si no se refleja la rebaja, es recomendable:

    • Verificar que el vehículo esté correctamente registrado a nombre del adulto mayor.
    • Actualizar datos personales en el SRI o en la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), si corresponde.

    ¿Cuándo y cómo se paga impuesto a la propiedad de vehículos motorizados ? El impuesto se paga una vez al año, como parte del proceso de matriculación vehicular. El pago se realiza a través del sistema financiero, junto con el resto de valores de matriculación.

    Si el adulto mayor no matricula su vehículo a tiempo, se generan multas y recargos, aun cuando tenga derecho a la rebaja.

    5. Otros impuestos en los que no aplica exoneración o rebaja para adultos mayores

    Es importante tener claridad sobre otros tributos:

    • Impuesto a la Salida de Divisas (ISD): No tiene exoneración automática por edad.
    • Impuesto de alcabalas (compra–venta de inmuebles): No existe una exoneración general para adultos mayores.
    • Patentes municipales o tasas por actividades económicas: Si el adulto mayor ejerce una actividad económica, debe cumplir estas obligaciones, salvo beneficios locales específicos. (JS)
    • Fuente: La Hora
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