Corte Constitucional delibera sobre 35 demandas contra leyes de Noboa

Los jueces de la CC, Alí Lozada, José Luis Terán y Alejandra Cárdenas, deliberan para emitir un pronunciamiento por las leyes del Gobierno. Demandantes piden la declaratoria de inconstitucionalidad.
El debate por la vigencia de tres leyes impulsadas por el Gobierno ha tomado un rumbo crucial. Casi 30 horas les tomó a los jueces de la Corte Constitucional (CC) conocer, en cuatro audiencias telemáticas, 35 demandas de inconstitucionalidad.
Fueron presentadas en contra de las leyes de Solidaridad Nacional que se sustanció el 25 de agosto de 2025; la Ley de Integridad Pública que se agendó el 27 y 28 de agosto, y de Inteligencia; el 1 de septiembre
Las leyes fueron aprobadas en la Asamblea Nacional el 7, 10 y 24 de junio, respectivamente.
El 1 de septiembre se cerró, en la CC, la fase de análisis de las normas impulsadas por el Gobierno. Los jueces sustanciadores de las leyes demandadas: Alí Lozada, José Luis Terán y Alejandra Cárdenas, respectivamente, ahora deliberan para emitir un pronunciamiento.
Cada uno deberá preparar un proyecto de sentencia para ser votado en el Pleno integrado por nueve jueces, pero no hay plazo para que esto ocurra. Para la aprobación de los proyectos de resolución, que tendrán carácter vinculante (debe ser acatada) se necesitan al menos cinco votos.
Durante cuatro días de diligencias, delegados del Frente Unitario de Trabajadores (FUT), Frente Popular, Unión Nacional de Educadores (UNE), gremios de Abogados, de Médicos, Asociación de Jueces y Magistrados (Aemaj), organizaciones de derechos humanos, entre otros, alegaron que las tres normativas vulneraron derechos constitucionales y pidieron a los jueces de la CC derogar sus articulados.
También cuestionaron la falta de un debate jurídico de las defensas técnicas de la Asamblea Nacional, la Presidencia de la República, el ministerio de Trabajo y la Procuraduría General del Estado (PGE).
Los demandantes argumentaron que las leyes no tienen que ver con materia económica, y que, por el contrario, violentaron la unidad de materia (los proyectos de ley deben referirse a un solo tema).
Mercedes Mediavilla, representante legal de la Asamblea; y Stalin Andino, asesor jurídico de la Presidencia de la República, desestimaron las acusaciones y pidieron a los jueces declarar su constitucionalidad y se revoque la decisión de la CC, del 4 de agosto, cuando resolvió la suspensión provisional de 24 artículos.
La Asociación de Jueces y Magistrados (Aemaj) espera que, por ser un tema de trascendencia nacional, las demandas se puedan resolver los primeros días de octubre.
Luis Ávila, vocero de la Aemaj, pide a los jueces adoptar una decisión oportuna y tomar en cuenta las implicaciones de que se declare la emergencia judicial. “Una de las reformas a la ley de Integridad Pública está pensada para intervenir en el Poder Judicial y poner jueces a dedo”, alertó Ávila.
Paúl Ocaña, presidente del Colegio de Abogados, señaló que hay tres razones para pedir la inconstitucionalidad de la Ley de Solidaridad:
1 El objeto de la ley no se refiere a cuestiones de urgencia económica, sino de seguridad nacional.
2 Los propios considerandos de la Ley no justifican que sea «de urgencia económica».
3 No hubo un debate legislativo ordenado y participativo, como se requiere en una sociedad democrática.
Vivian Andrade, de la Alianza por los Derechos Humanos, coincidió que la Ley no tiene unidad de materia ni justifica su carácter de «urgencia económica».
Ramiro García: reformas al Código de la Niñez no tiene que ver con temas económicos
El abogado Ramiro García justificó el pedido para que se declare la inconstitucionalidad de la Ley de Integridad. Señaló que no existe lógica jurídica, ni lógica común que permita sostener que las reformas al Código de la Niñez y Adolescencia para el tratamiento de adolescentes infractores tengan carácter económico urgente.
Tampoco ajustes al régimen disciplinario de jueces y fiscales, o la creación de una emergencia judicial, y otras normas que obligan a las cooperativas de ahorro y crédito a transformarse en entidades bancarias desnaturalizando sus objetivos.
Para García, lo que ha denominado la Asamblea como unidad de materia, es un “camuflaje discursivo”, y la CC no está para aplaudir disfraces sino para desnudar la inconstitucionalidad, señaló.
Remigio Hurtado, representante de la Conasep, se quejó que durante el debate de la ley en la Asamblea Nacional, no hubo suficientes discusión. “Nunca nos recibieron en la Comisión para dar nuestros aportes”. Según su criterio, la ley debió llamarse “regresiva de los derechos de los trabajadores”.
Resoluciones con imparcialidad e independencia
Previo a emitir una resolución, los jueces de la CC se comprometieron a que las demandas se resolverán con apego estricto al derecho, imparcialidad, al principio de independencia y con un control de constitucionalidad.
José Luis Terán expuso que los argumentos presentados por las partes aportaron elementos relevantes y serán incorporados al expediente para un debate integral.
“Se garantizará el respeto al principio de supremacía constitucional y la vigencia del Estado constitucional de derechos y justicia; la Corte continuará el análisis y emitirá, en su momento, lo que en derecho corresponda”, dijo Terán al finalizar su audiencia el 28 de agosto de 2025. (SC)
Jueces increparon a abogados del Estado
Los jueces de la Corte Constitucional increparon a los abogados de las instituciones del Estado cuando trataban de explicar por qué las leyes no cumplían con el objetivo por el que fueron planteadas o si se garantizó la participación de la sociedad civil en los debates previo a su aprobación en el Pleno.
Entre otros, los artículos observados por la CC suspenden disposiciones que obligan a las cooperativas a convertirse en bancos, o la obligación de las instituciones, operadoras de telefonía, a entregar información sin excepción al Centro de Inteligencia Estratégica, indulto presidencial, etc.
Fuente: La Hora