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Corte Constitucional: Ley de Lavado de Activos tramitada en la Asamblea ya forma parte del ordenamiento jurídico

El impasse que se generó a fines de julio entre el Ejecutivo y el Legislativo se dio porque, según la Asamblea, el presidente de la República, Daniel Noboa, había remitido fuera de los plazos su objeción parcial al texto de la ley, que fue enviada el 24 de julio al Ejecutivo para la correspondiente objeción o sanción.

Los jueces de la Corte Constitucional (CC) ratificaron en una sentencia, difundida hoy, 28 de agosto de 2024, la decisión de la Asamblea Nacional que, el 29 de julio, dispuso la publicación en el Registro Oficial de la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos.

La resolución del Parlamento no había sido aceptada por el Ejecutivo quien solicitó a la Corte que declare como inconstitucional la publicación de la norma en el Registro Oficial.

En su dictamen, la CC señaló que “el procedimiento de formación de la ley ha concluido con su publicación en el Cuarto Suplemento del Registro Oficial 610, de 29 de julio de 2024, por lo que ya forma parte del ordenamiento jurídico”.

Una de las reformas en la Ley de lavado de activos tiene que ver con el director de la Unidad de Análisis Financiero (UAFE). Ahora será designado por la Asamblea de una terna que envíe el Ejecutivo, cuando antes era potestad exclusiva del Primer Mandatario.

El impasse que se generó entre el Ejecutivo y el Legislativo

El nuevo impasse se dio porque, según la Asamblea, el presidente de la República, Daniel Noboa, habría remitido fuera de los plazos su objeción parcial al texto de esta ley, que fue aprobada el 20 de junio de 2024 en segundo debate y enviada el 24 de julio al Ejecutivo para la correspondiente objeción o sanción.

La Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL) señala que, una vez que una norma es aprobada en la Asamblea, el Ejecutivo tiene 30 días para pronunciarse con sus observaciones.

Según el Legislativo, la Presidencia de la República había objetado parcialmente la ley el 25 de julio. Siendo la fecha límite el 24 de julio. Por eso la Asamblea calificó el veto parcial como una respuesta extemporánea. (SC)

Fuente: El Telégrafo

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